CONTRATO
REPRESENTACIÓN
Entre ____________________________ (en adelante
el “REPRESENTANTE”), representado en este acto por el Sr. _______________, por
una parte y por la otra el Sr. [______], argentino, menor de edad, Documento Nacional de Identidad Nº
[_____________] (en adelante el “REPRESENTADO”), representado en este acto por
sus padres, el Sr. [_________] argentino, Documento Nacional de Identidad Nº
[_______________] y la Sra.
[_______________] argentina, Documento Nacional de Identidad Nº [_____________], en su carácter de representantes legales y en
ejercicio de la patria potestad que la ley les confiere, se conviene en
celebrar el presente “CONTRATO DE REPRESENTACIÓN”, sujeto a las siguientes
cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El
“REPRESENTANTE” se desempeñará como representante o manager del jugador de fútbol amateur o profesional definido
precedentemente como el “REPRESENTADO” ejerciendo dicha representación con relación a todos los contratos vinculados con su actividad
de jugador de fútbol en la Argentina o el extranjero, incluyendo, pero no limitado
a, acuerdos por prima anual, sueldos, contratos publicitarios y de imagen,
transferencias de derechos federativos y económicos, incorporación a cualquier
club de fútbol profesional o no, del país o del exterior. Además, el
“REPRESENTANTE” representará al “REPRESENTADO” ante la Asociación de Fútbol
Argentino (A.F.A.), clubes de fútbol profesionales argentinos y/o extranjeros y
demás organismos e instituciones reconocidos por la Federación Internacional
de Fútbol (F.I.F.A.), así como frente al titular de los derechos federativos
y/o económicos del “REPRESENTADO” en el caso que el “REPRESENTADO” no fuera el
titular de tales derechos.
SEGUNDA: El
ejercicio de la representación comprende el asesoramiento jurídico, contable e
impositivo de todos los contratos que suscriba el “REPRESENTADO” de conformidad
con el presente contrato.
TERCERA: Como
condición esencial del presente contrato, el “REPRESENTADO” cede al “REPRESENTANTE” la representación en forma exclusiva e irrevocable,
durante todo el plazo contractual, de todos los derechos de que fuera titular y
que en virtud de este contrato correspondan al “REPRESENTANTE”.
El “REPRESENTANTE” podrá suscribir todos los
documentos, sean estos públicos o privados, así como cualquier otro instrumento
o acto necesario para el completo cumplimiento de este contrato, importando el
presente contrato un mandato. En caso de ser necesario, y a sólo requerimiento
del REPRESENTANTE, el REPRESENTADO se compromete a suscribir las escrituras y
poderes requeridos por la leyes de la Argentina o del extranjero.
CUARTA: El
“REPRESENTANTE” cobrará a título de honorarios por parte del “REPRESENTADO” el
10% (diez por ciento) de las sumas brutas y que bajo cualquier concepto perciba
el “REPRESENTADO” con relación a todos los contratos vinculados con su
actividad de jugador de fútbol en la
Argentina o el
extranjero, incluyendo, pero no limitado a, prima anual, sueldos, contratos
publicitarios y de imagen, transferencias de derechos federativos y económicos,
sumas que correspondan percibir al “REPRESENTADO” por su incorporación a
cualquier club de fútbol profesional o no, del país o del exterior, porcentajes
de transferencias y contratos de publicidad o imagen, etc.
Todos los porcentajes indicados en el párrafo
precedente serán percibidos por el “REPRESENTANTE” en el mismo tiempo y forma
que los perciba el “REPRESENTADO”.
QUINTA: Este
contrato tiene vigencia desde el día de la fecha de la firma del presente y por
término de 2 (dos) años. Dicho plazo será prorrogado en forma automática por
períodos similares de 2 (dos) años de no mediar comunicación fehaciente en
contrario por parte de alguna de las partes con no menos de treinta (30) días
de anticipación a la fecha de terminación del contrato o de sus prórrogas.
SEXTA: “EL
REPRESENTADO” se compromete a no realizar ninguna transacción o contrato objeto
de este contrato, por sí o por terceros, sin la participación y el acuerdo del
“REPRESENTANTE” durante el término del presente contrato. En el supuesto de que
el “REPRESENTADO” contrate sin previa intervención del “REPRESENTANTE” deberá
indemnizarlo con un veinte por ciento (20%) de lo que perciba en todo concepto
por dicha transacción.
Asimismo, el “REPRESENTADO” asume
especialmente, pero sin limitarse a ello, las siguientes obligaciones: (i)
abstenerse de acordar verbalmente o suscribir contratos en cualquier parte del
mundo con cualquier otra empresa, entidad o persona que esté en conflicto con
los derechos objeto de este contrato y con sus términos y condiciones; (ii)
dirigir al “REPRESENTANTE” todas las ofertas y propuestas que reciba de
terceros y no aceptar por su cuenta ningún compromiso comercial, acuerdo,
arreglo o entendimiento en forma verbal o por escrito relacionado con este
contrato; (iii) ser en todo momento leal y fiel al “REPRESENTANTE” y mantener
la confidencialidad de las cláusulas de este contrato y no revelar su
contenido, salvo que le sea requerido por la ley; (iv) aceptar que el
“REPRESENTANTE” no será responsable por los fracasos o incumplimientos de
ningún individuo, firma, club o sociedad con quienes los contratos hubiesen
sido negociados de buena fe y renunciar a efectuar reclamos por tales
conceptos; (v) informar al “REPRESENTANTE” en forma completa cualquier reclamo
judicial o extrajudicial realizado contra el “REPRESENTADO”.
SÉPTIMA: En el
supuesto que el “REPRESENTADO” fuera titular de la totalidad o parte de sus
derechos federativos y/o económicos, el “REPRESENTANTE” tendrá la prioridad de
adquirir en forma total o parcial, respectivamente, los derechos federativos
y/o económicos del “REPRESENTADO” durante el tiempo de duración del presente
contrato, con sólo igualar cualquier oferta existente.
OCTAVA: Las partes
constituyen como domicilios especiales para todos los efectos de este contrato
los siguientes, en donde se tendrán por validas y recibidas todas las
notificaciones que se cursen en virtud del presente:
EL REPRESENTADO: [______________], República
Argentina.
EL REPRESENTANTE: ___________________, Capital
Federal, República Argentina.
En caso de que cualquiera de las partes decida
cambiar el citado domicilio, deberá notificar la constitución del nuevo
domicilio a la contraria por medio fehaciente.
NOVENA: El presente contrato de
representación es irrevocable, estableciéndose que cuando el “REPRESENTADO”
revoque el presente contrato unilateralmente con anterioridad a la fecha de su
vencimiento el “REPRESENTANTE” tendrá derecho a pedir los porcentajes
convenidos por todo el término pactado, haya o no intervenido en los contratos
celebrados con posterioridad a la rescisión de este contrato.
DECIMA: Cualquier
controversia con relación al presente contrato será sometida a la jurisdicción
de los Tribunales Nacionales Ordinarios en lo Comercial de la Capital Federal ,
renunciando expresamente las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que
pudiera corresponder. Se aplicará a este contrato la ley de la República Argentina.
UNDECIMA: El
menor [_________], quien se encuentra presente en este acto, manifiesta su
conformidad con lo convenido en el presente CONTRATO DE REPRESENTACION, a cuyo
efecto lo suscribe al pie.
En prueba de conformidad, las partes firman dos
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires,
a los [__] días del mes de septiembre de
2011.
[___________]
[FIRMA DEL PADRE]
[FIRMA
DE LA MADRE ]
A diferencia con el otro modelo también publicado en este blog, este se firma solo por duplicado, una de las copias se lleva a la AFA para algún tipo de firma o sellado? Tiene validez ante afa? Porque en el reglamento de agentes menciona que se debe firmar por cuatriplicado y uno de los ejemplados debe enviarse a la afa.
ResponderEliminarMuchas Gracias