martes, 29 de marzo de 2011

Modelo de cesión de derechos económicos de futbolistas


CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS ECONÓMICOS


En la Ciudad de Buenos Aires, a los ___ días del mes de _____________ de ______, entre los Sres. ___________________, D.N.I. Nº ___________ y ____________, D.N.I. Nº ____________, ambos con domicilio en la calle _________________________ de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la República Argentina, en adelante denominados “LOS EMPRESARIOS” por una parte, y por la otra ___________________, argentino, D.N.I. Nº _______________, nacido el día ___________ de ____________ de _____________, con domicilio en ______________________________, Provincia de Buenos Aires, de la República Argentina, de aquí en adelante denominado EL FUTBOLISTA,
Y CONSIDERANDO:
(a)  Que LAS PARTES han mantenido conversaciones a los efectos de celebrar el presente;
POR ELLO:
LAS PARTES acuerdan en celebrar el presente CONVENIO DE CESIÓN DE DERECHOS ECONÓMICOS sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: EL FUTBOLISTA reconoce, cede y transfiere en forma definitiva e irrevocable a favor de LOS EMPRESARIOS el cien porciento (100%) de los Derechos Económicos emergentes de su pase. A los fines de este contrato el término “Derechos Económicos” significa  los derechos patrimoniales emergentes de la cesión de derechos federativos correspondientes a futbolistas, incluyendo de manera no taxativa, cualquier venta, transferencia, cesión, opción, dación de pase, transferencia en propiedad fiduciaria, permuta o disposición por cualquier tipo de los derechos federativos de los mismos a cualquier otra persona. El precio de la cesión se establece en la suma de PESOS _________________ ($ _________________.-), sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago en forma.
SEGUNDA: EL FUTBOLISTA declara y garantiza que sobre los Derechos Económicos transferidos a los EMPRESARIOS no pesa ningún tipo de gravamen, embargo ni medida cautelar de ninguna índole.
TERCERA: El presente reconocimiento, cesión y transferencia se efectúa como consecuencia de las conversaciones mantenidas considerando EL FUTBOLISTA que este paso constituye una importante posibilidad deportiva y económica tanto para EL FUTBOLISTA como para LOS EMPRESARIOS.
CUARTA: Los Derechos Económicos de EL FUTBOLISTA cedidos a LOS EMPRESARIOS aplicará sobre cualquier tipo de operación y/o transferencia que LOS EMPRESARIOS efectúen con terceros sobre Derechos Federativos y Económicos de EL FUTBOLISTA, esto es, venta parcial y/o total, préstamo con cargo, permuta y/o trueque, siendo esta enunciación meramente ejemplificativa y no taxativa.
QUINTA: LOS EMPRESARIOS tendrán la libertad de vender, ceder, transferir y dar en garantía el porcentaje de Derechos Económicos de EL FUTBOLISTA a partir de la firma del presente contrato, sin que ello implique violación alguna del mismo.
SEXTA: Las partes constituyen domicilios especiales a los efectos del presente convenio en los mencionados en el encabezado. Para todos los efectos legales, las partes convienen en someter sus controversias a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezado.

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